SANTO DOMINGO, República Dominicana – La Suprema Corte rechazó la casación interpuesta por la Cámara de Cuentas contra la sentencia de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, en un fallo que consolida criterios sobre responsabilidad institucional.
El alto tribunal confirmó que la Cámara de Cuentas debe indemnizar con RD$4,500,000.00 al abogado Julio Cury por daños morales. La decisión surge porque su nombre fue mencionado erróneamente en notas de prensa emitidas por la institución, sin que tuviera vínculo con el contrato cuestionado.
Estas publicaciones se difundieron mientras la Cámara de Cuentas intentaba anular un contrato de servicios firmado con la empresa Inteligencia Legal, SRL. En su análisis, la Suprema Corte rechaza casación mediante la sentencia núm. SCJ-TS-25-1996, ratificando el fallo del Tribunal Superior Administrativo dictado en octubre de 2023.
La Corte explicó que la sentencia 0030-1643-2023-SSEN-00888 es jurídicamente correcta y protege el derecho a la honra y reputación. El tribunal concluyó que la divulgación del nombre de Cury, sin relación directa con el proceso, constituyó una acción antijurídica que no debía soportar.
Este caso adquiere relevancia porque envía un mensaje claro a las instituciones públicas sobre su deber de verificar y cuidar la información que difunden. Un error de este tipo no solo afecta la imagen de una persona, sino que también compromete la credibilidad de la entidad emisora.
El fallo, en el que la Suprema Corte de Justicia rechazó la casación, se convierte en un precedente importante para la gestión de la comunicación institucional. Además, fortalece el principio de que toda autoridad debe actuar con rigor, respeto y apego a la verdad cuando se refiere a terceros no involucrados en procesos judiciales o contractuales.
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