Ley de juegos de azar exigirá verificar cédula ante la JCE

El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados sustituiría la casilla declarativa por un cruce biométrico con el padrón oficial

SANTO DOMINGO, República Dominicana – La verificación de identidad dejaría de ser una casilla marcada al azar en las plataformas de apuestas online de República Dominicana. El proyecto de ley que regula los juegos de azar, aprobado por la Cámara de Diputados, obligaría a todos los operadores digitales a validar la cédula y la mayoría de edad de cada usuario contra la base de datos de la Junta Central Electoral (JCE) antes de autorizar cualquier depósito o apuesta.

El fin de la autodeclaración

El artículo 82 del proyecto eliminaría el mecanismo actual mediante el cual basta con marcar una casilla para ingresar a un sitio de apuestas. En su lugar, la normativa contemplaría un cruce de datos biométricos y del registro civil con la fuente oficial del Estado dominicano. Esta verificación de identidad se ejecutaría en tiempo real, antes de habilitar cada transacción, y transformaría radicalmente la forma en que los dominicanos acceden a los juegos de azar digitales.

La iniciativa responde a un fenómeno en expansión. Un informe de UNICEF, citado por Diario Libre, reveló que uno de cada cuatro adolescentes entre 12 y 17 años declaró haber apostado online alguna vez, y seis de cada diez afirmaron conocer a alguien que lo hizo. La ludopatía afectaría a unas 200,000 personas en el país, según especialistas citados por medios locales.

Tragamonedas fuera de los colmados

La protección a los menores de 18 años se extendería al entorno físico. El artículo 70 prohibiría de forma expresa la instalación de máquinas tragamonedas en locales de expendio de alimentos y bebidas accesibles para menores, mencionando específicamente a los colmados. El diputado Rogelio Genao Lanza, presidente de la comisión que estudió la pieza, advirtió que operar tragamonedas clandestinas en esos establecimientos conllevaría penas de hasta diez años de prisión.

El artículo 27 prohibiría la entrada de menores a salas de juego, y el artículo 28 obligaría a los establecimientos a exigir un documento oficial de identidad en la puerta. La publicidad dirigida a menores también quedaría restringida por el artículo 37.

Licencia en juego

La sanción más contundente recaería sobre los operadores. El artículo 44 tipificaría la falta de controles efectivos para evitar la participación de menores como una causal directa para la cancelación o revocación de la licencia. Bajo este marco, el operador que falle en proteger a los menores no enfrentaría una simple multa económica, sino el cierre definitivo de su negocio mediante la pérdida del título habilitante.

El proyecto también crearía la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) como órgano regulador autónomo adscrito al Ministerio de Hacienda, según destacó Genao Lanza en declaraciones a El Avance Radio. La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados el 23 de julio de 2026, en dos lecturas consecutivas, y debía regresar al Senado para conocer los cambios introducidos.

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