De acuerdo con el comunicado de la Dirección General de Aduanas, el período de “Gracia Navideña” en que se aplicará esta facilidad, inicia el próximo 01 de diciembre, y seguirá vigente hasta el 07 de enero del 2017.

SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Aduanas (DGA) pone en función las facilidades que cada año otorga en cumplimiento de la Ley 9-96 que beneficia a dominicanos residentes en el exterior. La misma comprende una liberación del pago de impuestos de importación para aquellos regalos que traigan al país los visitantes residentes en el extranjero.

De acuerdo con la DGA, para este año, la institución recaudadora ampliará dichas facilidades, permitiendo que se puedan utilizar servicios de courier y consolidadores de carga para enviar regalos.

Aduanas tomó en cuenta esta decisión contemplando que las aerolíneas están limitando la cantidad de equipaje por pasajeros y, al ofrecer esta modalidad, pues todos los dominicanos tienen la oportunidad de hacer sus envíos a través de correos privados y otras empresas que se dedican a traer mercancías de puerta a puerta.

Sin embargo, pese a las nuevas modalidades, el monto económico límite del o de los artículos que se compren para traer a familiares y amigos seguirán siendo de US$3,000.

En tanto, la facilidad aplicará siempre que el valor FOB de los bienes transportados por las diferentes vías siempre que no sea superior al monto establecido y no sea en cantidades comerciales.

Aduanas aclaró que sólo se permitirá una unidad de cada tipo de mercancía, “especialmente en los casos de los electrodomésticos”.

En un comunicado, precisa que “para acogerse a esta facilidad, las personas residentes en el exterior que han hecho los envíos deberán presentarse a las administraciones aduaneras (colecturías) correspondientes con su pasaporte, pase de abordar y cualquier otro documento que demuestre que su ingreso al país se produjo dentro del período de la “Gracia Navideña” y que tiene más de seis meses sin ingresar al país”.

La DGA advirtió que sólo se aplicará una gracia por familia, y dijo que esta no aplica a vehículos de motor, ni armas de fuego y aquellas mercancías consideradas materias primas industrial y agrícola.